jueves, 24 de mayo de 2007

Prensa: Diez “dichos de amparo” a favor del aborto

Por Rafael Sanseviero

UNO. La semana pasada, en Montevideo, una mujer de veinte años que necesitaba un aborto lo consiguió; fue en una de las tantas clínicas que con mal disimulada indiscreción, ofrecen ese servicio público seudo clandestino, “amparadas” en el Artículo 325 del Código Penal que criminaliza el aborto. Ese aborto pudo ser uno más entre las 90 interrupciones voluntarias de embarazos diarias que se producen en Uruguay según pudimos estimar con bastante certeza en 2003 .

DOS. Pero no lo fue, porque a diferencia de lo que ocurre en la mayoría de los casos, derivó en algunas “complicaciones de salud”. La mujer enfrentó esa situación buscando amparo, esta vez, en servicios sanitarios legítimos y legalmente regulados en el marco del estado de derecho; donde obtuvo el restablecimiento de su salud quebrantada.

TRES. Al amparo de la intervención profesional de la salud de al menos dos servicios públicos (uno de ellos el Hospital de la Mujer Dra. Paulina Luisi del Centro Hospitalario Pereira Rossell) se produjo también una denuncia policial que concluyó en varios “procesamientos” por diferentes variantes de “delito de aborto”: la mujer que obtuvo el aborto por “consentirlo” y el equipo de profesionales que se lo brindaron por “cometerlo”.

CUATRO. Este episodio se produjo porque el Ministerio Público amparado, también él, en el Artículo 325 y subsiguientes del Código Penal ejerció la potestad punitiva del Estado contra esa mujer y los practicantes de abortos; obteniendo del juez unos procesamientos que constituyen una flagrante contradicción con la costumbre social (incluyendo las agencias de la justicia) en relación a los “delitos de aborto” por voluntad de la mujer.

CINCO. ¿Cuál es la legitimidad en que se amparan los agentes políticos para no consagrar legalmente un hecho que la sociedad ya sancionó por la negativa durante 69 años, desconociendo la norma que penaliza el aborto? Si el promedio de abortos anuales ocurridos en Uruguay desde que se promulgo la ley 9763 no fuera 33.000 (como estimamos para el año 2000) sino apenas la mitad, desde entonces se habrían producido más de 1.150.000 “delitos de aborto” no punidos.

SEIS. ¿Al amparo de qué variante del principio de igualdad ante la ley quedan impunes más de un millón de delitos de aborto y el de la mujer de la semana pasada no?

SIETE. Estos procesamientos, con independencia de ajustarse a derecho, constituyen intervenciones políticas; muchas voces han puesto el acento en que la intervención policial-judicial puede provocar “alarma pública” entre la población que necesita interrumpir embarazos. Población que al amparo de la aún casi desconocida Ordenanza 369 del Ministerio de Salud Pública está formalmente habilitada para recibir un tratamiento menos indigno que el rutinariamente reservado en los servicios de salud a la mujer que necesita o viene de abortar.

OCHO. El episodio de la semana pasada (aborto-complicaciones-denuncia- procesamientos- alarma pública… y un etcétera actualmente en proceso) en realidad revela el des/amparo de la mujer que necesita abortar, aún mediando los avances promovidos por la Iniciativa Sanitaria y la Ordenanza 369 del Ministerio de Salud Pública. Éstas prescriben atender a la mujer en el pre-aborto y en el post-aborto, pero expulsa expresamente el “acto médico” del aborto fuera del escenario asistencial legal, así como también la administración de fármacos abortivos. Por eso las mujeres recurren al mercado negro del Misoprostol y a las clínicas. Y por eso también alcanaza con que un/a “voluntarioso/a ciudadano/a” denuncie una mujer que provocó o consintió su propio aborto, para que sobre todas y cada una de las noventa que ayer, hoy y mañana estarán abortando, se desplome todo el peso de la condena discursivo/legal que, como una tara inexplicable, aún “atesora” nuestra sociedad.

NUEVE. Ningún participante de la trama de estos episodios cotidianos se atrevería a sostener, mirándola a ella a los ojos, la condena moral sobre la mujer de veinte años que abortó la semana pasada, ni frente a ninguna otra en su situación. Los desafío a hacerlo. Solo es posible estar en “contra del aborto” al amparo de las abstracciones jurídicas, morales, filosófico religiosas biomédicas o cualquier otra de las categorizaciones donde habitualmente se secuestra la discusión de este asunto para eludir la imperiosa necesidad de su despenalización.

DIEZ. Por eso, a riesgo de parecer poco creativo, al amparo del episodio de la semana pasada, insisto en recordar que estar en contra de la legalización del aborto no es estar a favor de la vida, sino, simplemente, a favor del aborto clandestino. Pido disculpas, pero es que la realidad también se repite.

Fuente: La Diaria, 23 de Mayo de 2007